Previsible final: cayó la causa “Maldonado”

“La verdad se mostró sencilla, sin fascinaciones. Santiago estaba en el lugar donde lo vieron por última vez. Allí, él, solo, sin que nadie lo notara, se hundió, en ese pozo en el que minutos antes Lucas Ariel Naiman Pilquiman había evitado caer”, escribió el juez Gustavo Lleral al ordenar el archivo de la pesquisa.

maldonadoPor María del Pilar Viqueira

Esta semana, dos novedades vinculadas con el caso “Maldonado” dieron indicios de que el cierre de la pesquisa era inminente.
Primero, trascendió que la Corte desestimó una queja por recurso extraordinario rechazado presentada por Sergio Maldonado, quien reclamó que se designara a un grupo de expertos independientes para que supervisara la investigación que hasta ayer se desarrollaba en Río Negro.
En su momento, el juez de instrucción de Esquel, Gustavo Lleral, no admitió el pedido y argumentó que los magistrados son los que deben garantizar la imparcialidad de las pericias, más allá del derecho de los damnificados a controlar y a producir prueba.
La solicitud naufragó en todas las instancias y la Corte selló su suerte.
Horas después se dieron a conocer los resultados del estudio practicado sobre el DNI de Santiago, llevado a cabo por tres especialistas en plásticos del INTI y un perito de parte.
El análisis mostró que los 12 documentos de prueba sumergidos durante 90 días en agua extraída del río Chubut quedaron en un estado similar al hallado en el bolsillo del joven.
Así, la última pericia acreditó que el cuerpo estuvo 78 días en el mismo lugar.
Cabe recordar que en agosto la querella encabezada por Sergio Maldonado, como en otras oportunidades, exploró el camino de la teoría conspirativa.
En esa oportunidad, un criminalista ajeno al expediente, el neuquino Enrique Prueger, objetó mediáticamente a los prestigiosos peritos que suscribieron las conclusiones de la necropsia practicada en octubre de 2017 -respaldada por estudios complementarios posteriores- que estableció que el tatuador falleció por “ahogamiento por sumersión coadyuvado por hipotermia”.
Aunque los expertos determinaron de forma unánime que el cadáver no presentaba lesiones, signos compatibles con arrastre ni medidas de sujeción, Prueger aventuró que los restos fueron “plantados por alguien” en el agua.
Lleral rechazó un pedido para que Prueger fuera citado a testificar y lo calificó como “impertinente e inconducente”.
En suma, subrayó que no presenció la autopsia y que las cuestiones acerca de las cuales los familiares pretendían que hablara ya habían sido materia de análisis, discusión y dictamen.
Con el decisorio de la Corte y el estudio del DNI a la vista el juez cerró la causa y ordenó su archivo, con duros conceptos.
“La verdad se mostró sencilla, sin fascinaciones. Santiago estaba en el lugar donde lo vieron por última vez. Allí, él, solo, sin que nadie lo notara, se hundió, en ese pozo en el que minutos antes Lucas Ariel Naiman Pilquiman había evitado caer”, escribió el magistrado al dar por finalizada la pesquisa por presunta desaparición forzada y sobreseer al único imputado, el gendarme Emmanuel Echazú.
“Aunque se insista en presentar los hechos de un modo absurdamente diverso a su esencia, lo cierto es que la verdad que rodeó la desaparición y muerte de la víctima de esta causa (y víctima de todas las manipulaciones espurias que de ella derivaron) es una sola”, acotó, enviando un mensaje a los distintos actores que, de una u otra manera, intentaron sacar rédito político o personal con la tragedia.
En ese sentido, citó varias veces el testimonio de Lucas Ariel Naiman Pilquiman, el “Testigo E”, y lo calificó como “relato esencial”; ello así, al apreciar que la descripción que hizo sobre su dificultad para cruzar a nado el río “se acrecentó para Santiago”, porque no sabía nadar y por el peso de su ropa.

Letrados cordobeses
Esa lectura complica la situación de los dos letrados cordobeses vinculados al kirchnerismo que se presentaron en la Patagonia como integrantes de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos (APDH) mientras se instruía el caso.
Se trata de Fernando Cabaleiro y de Carlos González Quintana.
Los registros telefónicos de charlas entre allegados a la víctima acreditarían que no tuvieron contacto directo con el “Testigo E” (la última persona en ver con vida a Santiago), tal como declararon en el informe que le enviaron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), sino que otros hablaban por el joven.
Las afirmaciones de los profesionales ante la comisión narrando hechos de suma gravedad supuestamente cometidos por el Estado, dando por probado que Maldonado fue víctima de un delito de lesa, implicaron el dictado de cautelares que tuvieron repercusión nacional e internacional, generaron enormes gastos operativos y atentaron contra el correcto desarrollo de la investigación.
Lleral cuestionó duramente las distorsiones que los denunciantes y las querellas pretendieron instalar, tanto al interpretar la falta de noticias sobre Maldonado como una desaparición forzada como al intentar enmarcarla en “el accionar despiadado del Gobierno nacional en contra de las comunidades aborígenes”.
Bajo esa premisa, entendió que era “destacable y valiente” que un allegado a la comunidad (por el “Testigo E”), supuestamente afectada por el proceder de fuerzas estatales, hubiera tenido “la honestidad de contar la verdad de lo percibido con sus sentidos”, a pesar de que esa verdad quizás estuviera reñida con “la tendenciosa e infiel versión” de los hechos que “enarbolaron determinados sectores de la sociedad que pretendieron exhibirse como defensores de los pueblos antiguos de la zona”.
En relación a las presuntas responsabilidades criminales que alega la familia, el magistrado enfatizó la ausencia de una “participación penalmente relevante de persona alguna”.
En tanto, aclaró que Gendarmería acató una orden judicial para despejar una ruta, que se enfrentó con los manifestantes y que en ese marco “Santiago se arrojó fatídicamente a las gélidas aguas”.