Sigue la novela de los conjueces de la Corte

Durante los próximos días el Ministerio de Justicia debería enviarle al Senado el listado de los abogados que, evetualmente, reemplazarán a los ministros del Máximo Tribunal en supuestos excepcionales.

corte-supremaEn los próximos días, el Ministerio de Justicia de la Nación deberá enviarle al Senado la nómina de los diez abogados que deberán reemplazar a los ministros de la Corte Suprema en casos de recusación, excusación, vacancia o licencia, a quienes se acude cuando se niegan a intervenir los presidentes de las Cámaras Federales del país.
Con la firma de todos sus miembros, el Máximo Tribunal le requirió a la cartera que comanda Germán Garavano que disponga lo necesario para concretar el trámite dentro del término de 20 días.
La orden fue dictada en el marco de la causa “Aparicio”, en la cual en abril del 2015 el Alto Cuerpo declaró la nulidad del decreto 856/2014, que aprobó la lista de conjueces entonces vigente, debido a que los letrados designados no habían obtenido la aprobación de los dos tercios de los senadores presentes en la sesión convocada al efecto, y resaltó que desde el dictado de ese fallo el Poder Ejecutivo no arbitró el procedimiento para la constitución del repertorio de letrados.
Cabe recordar que poco menos de un año antes de ese decisorio, en junio del 2014, la entonces presidenta Cristina Fernández de Kirchner, mediante aquella norma designó, entre otros, a Ricardo Nissen y a León Arslanián para desempeñarse, eventualmente, como vocales de la Corte.
El nombramiento había sido aprobado por los senadores del kirchnerismo y sus aliados, con mayoría simple, en medio de fuertes críticas de la oposición, que reclamó, sin éxito, una votación con mayoría calificada de los dos tercios de los presentes. Además, acusó al Gobierno de querer interferir en el Poder Judicial.
Luego, en la causa “Aparicio, Ana Beatriz y otros”, en la cual varios magistrados nacionales demandaron al Estado por diferencias salariales, los ministros de la Corte se excusaron para intervenir por la naturaleza de la materia bajo debate y los reclamantes cuestionaron la legitimidad del procedimiento que derivó en la conformación del listado de conjueces.
Por unanimidad, la Máxima Instancia dejó sin efecto la nómina, por no contar con el acuerdo de los dos tercios de los miembros presentes del Senado, tal como exige el artículo 99, inciso 4, primer párrafo, de la Constitución.
En esa oportunidad, recordó que el nombramiento de los magistrados de la Nación según la metodología constitucionalmente establecida es uno de los pilares esenciales del sistema de división de poderes sobre el que se asienta la República.
En tanto, agregó que la Carta Magna exige la participación del Legislativo con el fin de lograr “un imprescindible equilibrio político”. Por ello, concluyó que el acuerdo de la Cámara Alta era un “excelente límite”para el posible favoritismo presidencial, al impedir el predominio de “intereses subalternos”.
Asimismo, recordó que la reforma constitucional de 1994 puso especial énfasis en ese objetivo al incorporar al Consejo de la Magistratura como actor de peso en la selección, con el fin de atenuar la discrecionalidad del Ejecutivo en las propuestas y amortiguar la gravitación político-partidaria de sus decisiones.
De esa manera, opinó que Fernández de Kirchner no tenía atribuciones para aprobar la lista y aclaró que su conducta no podía justificarse por el sólo hecho de que la intervención de los abogados fuera excepcional y limitada a pocas causas, ya que en esas situaciones actuarían como miembros del Máximo Tribunal y su rol no sería distinto a la de sus titulares porque, en definitiva, administrarían Justicia.
El revuelo que se desató en el 2014 se extendió a Córdoba, ya que en la misma oportunidad en la cual la ex mandataria colocó a Nissen y al ex ministro de Justicia Arslanián, ambos vinculados a su Administración, designó a los conjueces de la Cámara Federal local y su opción también incluyó a letrados con militancia partidaria: el penalista Ricardo Moreno -dirigente del FpV-; Claudio Orosz, querellante por Hijos en juicios por lesa humanidad y afín al entonces partido gobernante, y Eugenio Biafore, patrocinante de gremios y simpatizante del kirchnerismo.
Poco tiempo después de que la Corte “bajara” la nómina en “Aparicio”, en agosto del 2015,la candidatura a diputado nacional de Moreno en la lista del FpV generó controversia, ya que el “proselitismo” es incompatible con la función judicial.
En aquella oportunidad, Daniel Ostroplosky, ex integrante del Consejo de la Magistratura, en representación de los abogados del interior del país, argumentó que como Moreno tenía “expectativas ciertas” de ocupar el sillón de juez federal le cabían las previsiones de Reglamento del Poder Judicial de la Nación, que le impedían expresamente hacer campaña.
“Ninguna persona puede acceder a la magistratura, sea en carácter de juez titular o conjuez, si tiene actividad política”, opinó el experto. Bajo esa premisa, estimó que Moreno debía ser eliminado de la lista.
Si bien al igual que otros federales de Córdoba que se niegan a observar el decoro que les impone su función, tiene un largo historial de declaraciones desatinadas y militaron (y militan) abiertamente en las filas del kirchnerismo, el penalista alegó que el hecho de que tuviera “simpatías políticas en el marco de la democracia” no le impedía ser magistrado. Sin embargo, pocos meses antes se había negado a desempeñarse en Bell Ville porque ya tenía decidido postularse como diputado nacional.
En tanto, ensayó una defensa confusa, argumentando que en el acto que Daniel Scioli hizo en Córdoba había magistrados y fiscales federales, pese a que el presidenciable “vino a hacer proselitismo”.