
[dc]C[/dc]omo pocas veces o tal vez ninguna, la legislatura lograba anoche prácticamente unanimidad para sancionar una ley compleja, como es la de protección del medio ambiente, quedando el activismo ambientalista relegado al rol vandálico de atacar la sede de la Unicameral y de agredir a integrantes de la Guardia de Infantería que custodiaron la sede.
De nada se privaron los activistas para demostrar su disconformidad contra la ley y contra lo que ellos creen que es una nueva oportunidad para la radicación de una planta de Monsanto en Malvinas Argentinas. Todo valió para defender el ambiente. Incluso violar sus propios mandamientos quemando cubiertas de autos en 27 de Abril y Vélez Sarsfield, que largaban densas columnas de humo en la céntrica esquina.
Al cierre de esta edición y minutos de la votación en general sólo se contaban pocas bajas al mega acuerdo peronista-radical-juecista: el voto en contra de Cintia Frencia (FIT), que se ganó una cuestión de privilegio por inducir, supuestamente, una agresión contra su par radical Alejandra Mattar, y dos ausencias, una por izquierda y otra por derecha, Marta Juárez (FC) y Nancy Lizzul (FC).
La primera se retiró por la “represión policial”, y la segunda haciendo ejercicio de su representación sectorial. Lizzul es un reclutamiento juecista de la Cámara de Industriales Metalúrgicos, y la legisladora considera que la ley tiene un sesgo anti industrial.
La ley pone al alcance de los defensores del medio ambiente un paquete de instrumentos de democracia semidirecta, depositados en 12 artículos (63 al 74), como audiencia pública y consulta popular ambiental, entre otras garantías. La consulta debe ser avalada con la firma del 20% de la población del área potencialmente afectada en localidades de menos de hasta 10.000 habitantes. (Este es el caso de Malvinas Argentinas). La exigencia es porcentualmente decreciente a medida que la ciudad tenga más habitantes.
Probablemente los ambientalistas no lo sepan, pero instrumentos de democracia semidirecta al alcance de sus manos ya existen y desde hace muchos. Son los casos de la Ley Organica Municipal (8102) que rige para poblaciones de menos de 10.000 habitantes (la más grandes tienen Carta Orgánica o la posibilidad de tenerla) y la Ley de Iniciativa Popular, Consulta Popular y Referéndum (7811), más antigua todavía.
Al desconocimiento de los ambientalista sobre la preexistencia de instrumentos similares a los que fija la nueva ley o a su desinterés en utilizarlos, debe señalársele algo importante a los activistas que ayer con sus pancartas y gritos denunciaban un “tratamiento a oscuras” y una sanción “entre gallos y medianoche”. Las reuniones de las comisiones legislativas que han analizado el proyecto durante meses y a las cuales han concurrido cerca de 30 especialistas y representantes de organizaciones ambientales, son públicas y cualquier persona puede asistir a sus debates. La única excepción a la regla es la Comisión de Labor parlamentaria, que es secreta.
Por eso, argumentar que no se conoció el proyecto es equivalente a una voluntad manifiesta de no informarse, sustituyendo con puro fervor el genuino interés político, social o intelectual de enterarse “de qué se trata”.